FALLO DE UN JUICIO ABREVIADO
Están en la Unidad 2 de Sierra Chica, luego de que en el marco de una investigación penal habían sido aprehendidos en febrero de 2022, cuando policías allanaron los inmuebles en Azul donde ambos se domiciliaban. Por esta infracción a la Ley 23.737 uno de los encausados fue sentenciado a cuatro años y medio de prisión. Y el otro recibió como pena cuatro años y cuatro meses de encierro.
26 de agosto de 2024
Alojados actualmente en la Unidad 2 de Sierra Chica, dos varones oriundos de esta ciudad y familiares entre sí cumplen ahora, como los coautores de una infracción a la Ley 23.737, condenas de primera instancia consistentes en respectivas penas a prisión de cuatro años y seis meses y de cuatro años y cuatro meses.
Tras la tramitación de un juicio abreviado, esas sanciones se las impuso una jueza desde uno de los tribunales orales con asiento en el Palacio de Justicia de Azul.
Por los hechos tratados en el proceso los encausados habían resultado aprehendidos en febrero de 2022, durante allanamientos que personal policial realizara en los inmuebles donde respectivamente se domiciliaban en aquel entonces.
El azuleño que recibió la pena más alta fue identificado como Miguel Ángel Binzugna, quien actualmente tiene 32 años de edad. Y el coimputado y también condenado en este proceso se llama Timoteo Richiusa, de 29 años.
A través de lo resuelto en un fallo firmado por la magistrada del TOC 2 Alejandra Raverta, ambos varones -quienes además, por el tipo de ilícito que se dio probado que cometieron, deben pagar una multa- fueron declarados "coautores penalmente responsables de los delitos de Tenencia Ilegítima de estupefacientes con fines de comercialización en dosis fraccionadas destinadas directamente al consumidor y Comercialización de estupefacientes, en concurso real".
Esos ilícitos, quedó demostrado también, ambos azuleños los cometieron en esta ciudad "en el período comprendido entre el día 1 de septiembre de 2021 y el 24 de febrero del año 2022", según puede leerse en lo resuelto.
En ese lapso de tiempo mencionado Binzugna y Richiusa, "en forma habitual y continua, desarrollaron en sus respectivos domicilios y espacios educativos y sociales de esta ciudad de Azul" la actividad ilícita por la que ahora pesan sobre los dos estas condenas todavía no firmes que los continúan teniendo privados de la libertad.
Además de los inmuebles donde vivían hasta resultar arrestados, esas "tareas de comercialización de estupefacientes en dosis fraccionadas y acondicionadas para ser entregadas en forma directa al consumidor, a cambio de un precio cierto en dinero", ambos las concretaron en cercanías de una escuela y de una plaza.
Allanamientos y aprehensiones
El 24 de febrero de 2022 allanamientos que personal policial realizara en los domicilios de los investigados derivaron, además de que resultaran aprehendidos, en que durante esas diligencias se hallaran e incautaran estupefacientes y demás elementos vinculados con la venta al menudeo de drogas por la que días atrás los dos fueron condenados en este proceso abreviado.
En una casa situada sobre la calle Miñana, lugar donde Binzugna se domiciliaba, policías constataron durante el allanamiento que "tenía ilegítimamente bajo su guarda y disposición sustancias estupefacientes" para la venta.
De esa manera, los efectivos de seguridad hallaron marihuana, parte de la cual estaba ya compactada y otra en pequeñas dosis, siendo más de doscientos gramos de ese tipo de sustancia vegetal considerada estupefaciente la cantidad incautada.
En la diligencia se recogieron también en poder de ese azuleño "elementos vinculados" con la venta de drogas, tales como dos balanzas de precisión, un teléfono celular, una cuchilla y dinero en efectivo.
Aquel mismo 24 de febrero de 2022, pero en el inmueble donde vivía Richiusa -situado sobre Calle 9 de esta ciudad-, los efectivos de seguridad incautaron diez gramos de marihuana, hojas secas y plantas de cannabis sativa. Y lo mismo sucedió con dos tarjetas SIM de telefonía celular, una balanza de precisión, recortes de nylon, una tijera, un elemento de metal para picar marihuana y dinero en efectivo.
La investigación
Una denuncia anónima radicada en sede policial a principios de septiembre de 2021 derivó en el inicio de la investigación penal por la que días pasados ambos encausados fueron condenados en esta primera instancia, a través de la tramitación del mencionado juicio abreviado.
Por medio de esa presentación se señalaba a uno de los domicilios que meses más tarde sería allanado como un lugar habitual de comercialización de estupefacientes. Actividad que uno de los acusados también solía concretar bajo la modalidad conocida como "delivery".
Personal policial ligado a esta pesquisa reunió diferentes evidencias que sirvieron para demostrar las autorías de los dos investigados en esta infracción a la Ley 23.737.
Entre esas tareas figuraron seguimientos a ambos, al igual que vigilancias de manera encubierta en cercanías de los inmuebles donde respectivamente los encausados se domiciliaban.
A través de las redes sociales de Binzugna y Richiusa, los investigadores colectaron más pruebas para demostrar las responsabilidades penales de los dos en esta infracción a la ley de estupefacientes por la que siguen presos. Ahora, cumpliendo esas condenas que recibieron en el juicio abreviado tramitado ante uno de los tribunales orales con asiento en el Palacio de Justicia de Azul.
Asimismo, análisis de comunicaciones halladas en teléfonos utilizados por los imputados se convirtieron en otro elemento de fundamental importancia para demostrar que los dos vendían drogas.
Al respecto, un informe policial revelaba que de conversaciones mantenidas "entre el sindicado Binzugna y su tío materno Richiusa Timoteo" quedaban en evidencia que ambos "resultan ser socios en la comercialización de las sustancias estupefacientes" y que "comparten gastos al momento de reabastecer dichas sustancias".
El dato
Las penas dictadas para ambos encausados en el juicio abreviado fueron las mismas que las partes -representadas por el fiscal Lucas Moyano y la defensora Oficial Mariana Mocciaro- acordaran, en la previa a que desde la Acusación se presentara ante el TOC 2 el pedido formal para la tramitación de ese proceso.
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