7 de abril de 2025

A PARTIR DE HOY

A PARTIR DE HOY. Comienza a regir el nuevo Código Procesal Federal

Gabriel Di Giulio, el titular del Juzgado Federal 1 de Azul, se refirió a la implementación del denominado "nuevo sistema acusatorio". Una reforma revitalizada, DNU mediante, por el actual Gobierno nacional y que a su entender era "necesaria". El modelo que entra en vigencia ubica al fiscal como el protagonista principal y excluyente en la investigación penal, que estará signada por la oralidad desde su inicio y no sólo en la etapa del juicio. Mientras tanto, los jueces se convierten en garantes del proceso.

El nuevo Código Procesal Penal Federal entrará en vigencia en el Distrito Mar del Plata, del que dependen Azul y varias ciudades más en territorio bonaerense, este lunes a partir de la hora cero.

Reimpulsado por el presidente Javier Milei a través de su ministro de Justicia Mariano Cúneo Libarona, el denominado "nuevo sistema acusatorio" -sobre la base de la reforma al mencionado Código - ya ha comenzado a implementarse en otros distritos.

El primero -y pionero- fue Salta. Y varios años después hasta llegarse a la actualidad, a través de un DNU lo mismo ocurrió en los distritos de Rosario, Mendoza, Comodoro Rivadavia, General Roca y Santa Fe.

Para Gabriel Di Giulio, el titular del Juzgado Federal 1 con asiento en Azul, esta reforma era "necesaria".

A través de la misma se convertirá en un magistrado "con función en garantías". Pero al mismo tiempo deberá continuar ejerciendo su tarea como juez con las mismas características que lo viene haciendo desde que asumió en esa función, teniendo en cuenta que un gran cúmulo de causas penales en las que interviene se iniciaron con anterioridad a la fecha de la puesta en vigencia de este nuevo Código Procesal Penal Federal.

"Esta reforma era necesaria porque es un mandato constitucional. El sistema acusatorio, cualquiera sea el modelo, adversarial o no adversarial, es un mandato constitucional. Y de algún modo es una deuda pendiente que se está zanjando. No tengo dudas de que era necesaria", refirió en una entrevista con EL TIEMPO a propósito de lo que va a suceder desde mañana en Azul y la región.

Según afirmó, la implementación gradual de esta reforma del Código Procesal Penal Federal -cuya próxima escala de aplicación es el Distrito Bahía Blanca- obedeció "al propio dispositivo legal".

"Dada la diversidad que involucra a la justicia federal por sus distintas regiones y por las diferentes características que tienen sus distritos -algunos son fronterizos; otros tienen mar; están los relacionados quizás con los aeropuertos y en el caso nuestro, en el interior, con las rutas y las grandes distancias- se consideró que este nuevo sistema de acusación tenía que ser paulatino porque debía 'aggiornarse' y capacitarse en forma gradual a sus operadores", indicó el magistrado azuleño.

Ese nuevo modelo procesal que mañana entra en vigencia en esta ciudad y en otras de la zona que forman parte de los tribunales federales con asiento en Mar del Plata, afirmó Di Giulio, "convierte en la cabeza de la investigación al fiscal y el juez ahora tiene 'función de garantías'".

Desde el sitio web "Fiscales.gob.ar" se mencionan algunas cuestiones centrales de este denominado "nuevo sistema acusatorio", donde se modifican los roles de los actores del proceso, que ahora será "esencialmente oral y netamente contradictorio", con la ya mencionada dirección de las investigaciones penales de manera exclusiva por parte del representante del Ministerio Público Fiscal.

Ese "sistema adversarial" al que aludió el magistrado ubica a fiscalía y defensa esgrimiendo "sus argumentos y elementos de convicción"; mientras que ahora los jueces -tal el caso de Di Giulio- deberán controlar el pulso de ese proceso y decidir; pero "sin involucrarse en la teoría del caso esbozada por las partes".

Otra característica importante del nuevo sistema alude a que todo el desarrollo del proceso judicial "tramita esencialmente con audiencias orales y públicas -donde se concentra la mayor actividad procesal posible- y sin un expediente". Y en ese contexto, es tarea del fiscal formar un legajo de investigación "al que no pueden acceder los jueces".

"El protagonista central en esta reforma es el Ministerio Público Fiscal", afirmó el titular del Juzgado Criminal y Correccional Federal número 1 de Azul

Similares; pero distintos

Al ser consultado sobre si el nuevo Código Procesal Penal Federal -teniendo en cuenta, por ejemplo, los roles de fiscal y defensa- tiene similitudes con el que se viene aplicando en territorio bonaerense desde 1998, Di Giulio reconoció que ambos "propician el sistema llamado acusatorio, no inquisitivo".

"Esa es la primera característica equivalente entre ambos sistemas. En eso son iguales. Y hasta ahí se podría decir que es el mismo sistema. Sin embargo, las características que proyecta el Código Federal en cuanto a cómo se gestionan los procedimientos difieren del bonaerense", dijo para después explicar que "el modelo procesal federal es adversarial, ya que la tramitación de las cuestiones judiciales se debate en audiencia". Algo que a nivel provincial recién "se representa en la etapa de juicio y, particularmente, en los juicios por jurados".

"En el modelo nuevo el juez con función de garantías no tiene ni va a recibir expediente", refirió para después explicar que a "un pedido de prisión preventiva el fiscal lo tiene que sostener oralmente en una audiencia bilateral donde hay que escuchar a la defensa. Sí o sí. Y la resolución del juez se basa en la evidencia que el fiscal afirma tener en la información que aportan las partes en esa audiencia. Pero el juez -reiteró- no tiene contacto con el legajo".

"Mi función es cumplir el rol de juez de garantías o con función de garantías. Sin embargo, el sistema también prevé muchas alternativas más que en Provincia", señaló Di Giulio.

Entre esas nuevas atribuciones, por ejemplo, figura la de dictar sentencia para un acusado en un proceso -similar a un juicio abreviado en territorio bonaerense- por un delito cuya pena de prisión no sea superior a los seis años.

A su vez, como una diferencia "muy importante" con lo que sucede en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, el magistrado azuleño ubicó a lo que es "la admisibilidad de las pruebas" para llevar a un juicio oral.

En el caso del sistema acusatorio federal, "ahora quien decide qué pruebas se van a practicar y a producir en el juicio no es el mismo órgano de juicio. Lo decide un juez con función de revisión -hoy de la Cámara- que tendrá a su cargo la realización de una audiencia llamada de control de la acusación".

En dicha audiencia, previa a la etapa del juicio, ese magistrado deberá evaluar las evidencias ofrecidas desde la Acusación y validarlas para el posterior debate, "donde las partes presentarán sus pruebas de acuerdo a lo que haya sido admitido por el juez de revisión".

Primeras impresiones

El Juez Federal azuleño fue consultado también sobre las primeras impresiones que se tienen con relación a la aplicación de este nuevo sistema acusatorio en los distritos donde ya viene funcionando. Y señaló: "Según lo que informa el propio Ministerio de Justicia, aunque la Casación Federal también recaba información, fundamentalmente en el distrito con más experiencia, que es Salta y ya tiene más de cinco años de implementación del sistema, los números son favorables. En ese distrito sucedió que el número de casos que finalmente se sustanciaron en juicios se redujo significativamente en comparación con el modelo anterior. Pero no así con relación a las resoluciones de esos casos, donde sí hubo un incremento".

"Después -agregó Di Giulio- lo que uno tendrá que evaluar es qué sucede con la práctica judicial, que se va a tensar por la propia inercia de la que ya traemos del sistema anterior, que no debe deformar a este nuevo, donde también tendremos que evitar las deformaciones que a veces se pueden ir gestando sin querer".

"El modelo oral con gestión adversarial, donde la oralidad ahora también es el eje central en la fase de investigación, es la característica principal que tiene este nuevo sistema de acusación", afirmó. Y si bien los impulsores de la reforma propugnan una solución más rápida de esos litigios, en sintonía con lo que la sociedad reclama de la justicia, Di Giulio sostuvo que "hay que entender también que en la materia federal eso tiene sus particularidades, ya que si bien hay delitos que tienen víctimas ostensibles -la trata de personas, por ejemplo- hay muchos otros en los que, por sus características, aparecen como damnificados la administración pública o la sociedad en general". Y en ese contexto, entendiendo esa especial particularidad de algunos de los delitos que la justicia federal reprime y castiga, existen algunos procesos -por ejemplo, los ligados a la narcocriminalidad a gran escala- "que pueden llevar años"; más allá de que este nuevo modelo "intenta fijar parámetros claros de tiempo de duración de las investigaciones".

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