FALLO DE UN JUICIO ORAL
Por hechos sucedidos en Azul en noviembre de 2020 en perjuicio de dos vecinas recibió seis años de prisión. Pero por un antecedente que registraba, también le fue dictada una pena única consistente en seis años y nueve meses de prisión. El encausado había sido detenido en septiembre de 2021 y está en la Unidad 7.
8 de septiembre de 2024
Un juicio oral finalizó con la condena para un hombre a una pena única de seis años y nueve meses de prisión, luego de que en ese debate fuera declarado "coautor" de asociación ilícita y estafas en concurso real entre sí, delitos surgidos de hechos cometidos "en concurso real de acciones" y consistentes en "cuentos del tío" que habían tenido como damnificadas a dos vecinas azuleñas.
El encausado fue identificado por fuentes judiciales como Norberto Fabián Riglos.
Actualmente de 56 años de edad, se domiciliaba en Azul cuando años atrás resultó detenido por los episodios tratados en este debate, ilícitos por los cuales continúa preso en la Unidad 7, la cárcel del SPB con asiento en esta ciudad.
Un juicio desarrollado en el Tribunal Oral en lo Criminal número 2 con sede en el segundo piso del Palacio de Justicia local finalizó este lunes que pasó con el anuncio del veredicto para Riglos. Y una condena anterior que el hombre sometido a ese debate registraba se tradujo en la imposición de la referida pena única.
Consistente en un "un año y dos meses de prisión de cumplimiento efectivo" y el pago de una multa por el delito de "tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil", esa primera sanción le había sido dictada desde un juzgado Correccional local el 20 de octubre de 2022.
Dicha condena se relacionaba con una diligencia que data del 25 de noviembre de 2020, cuando era investigado por las estafas a las vecinas y la Policía allanó su domicilio en esta ciudad, ocasión durante la cual se incautaron una carabina y demás elementos considerados de interés para aquella pesquisa.
En tanto, por los hechos tratados en este juicio oral, dos "cuentos del tío" que en Azul habían tenido como víctimas a vecinas durante el mes de noviembre de 2020, a Riglos le fue dictada una pena de "seis años de prisión".
Desde el TOC 2, la jueza platense Inés Olmedo intervino de manera unipersonal en el debate.
Con las pruebas incorporadas al proceso y las versiones de testigos escuchadas durante el desarrollo del mismo -en su gran mayoría, de policías que investigaron los "cuentos del tío" que tuvieron como damnificadas a las vecinas azuleñas, una de las cuales falleció tiempo atrás- esa magistrada se pronunció a favor de imponerle al encausado los mismos montos de penas que en su alegato solicitara la representante de la Acusación.
Lo que se dio por probado
Los hechos tratados en este juicio y por los cuales Norberto Fabián Riglos resultó condenado en una primera instancia se remontan a noviembre de 2020.
En aquel entonces, escribió la jueza Olmedo en lo resuelto, el encausado formó parte de una organización delictiva conformada por al menos tres personas, quienes "actuando de manera conjunta y coordinada integraron una asociación ilícita dedicada a cometer estafas telefónicas mediante la modalidad del 'cuento del tío'".
El accionar implicaba que primero se contactaran con las víctimas domiciliadas en Azul. "En su mayoría de avanzada edad", las llamaban a sus teléfonos fijos desde ciudades lejanas "simulando ser un familiar" para después despojarlas, mediante engaño, de dinero y de más elementos de valor, entre los cuales figuraron joyas en uno de los casos que -según quedó demostrado- Riglos cometiera en carácter de "coautor".
Una vez que hablaban por teléfono con las damnificadas, los miembros de esta banda les "anunciaban falsamente la inminente ocurrencia de una emergencia financiera, tal como el dictado del 'corralito bancario' o la necesidad de cambiar la numeración de los billetes, para hacerlas incurrir en error y luego requerirles que entreguen dinero o joyas de su propiedad a otra persona, que ya estaba apostada en el exterior del domicilio simulando pertenecer a la entidad bancaria", escribió en el fallo la Jueza del TOC 2.
Riglos formaba parte de esa organización delictiva haciendo "el apoyo necesario en las inmediaciones de los domicilios" en Azul donde ambas mujeres fueron engañadas.
En su caso, conduciendo una Ford Ranger en la que los delincuentes "se daban a la fuga del lugar llevándose consigo los distintos botines", se menciona en lo resuelto.
Esa camioneta le sería incautada al imputado por personal policial, en ocasión de que su domicilio fuera allanado en noviembre de 2020 a pocos días de sucedidos esos dos "cuentos del tío" por los que resultó condenado.
En tanto, su detención por ambos hechos se había hecho efectiva en septiembre de 2021 y desde ese entonces permanece privado de su libertad; aunque ahora con una condena de primera instancia.
Dos estafas
Las estafas que Riglos y los demás miembros de esta organización delictiva cometieron ocurrieron en Azul los días 19 y 20 de noviembre de ese ya mencionado año 2020.
El primero de esos "cuentos del tío" tuvo como damnificada a una vecina que en aquel entonces tenía 88 años de edad.
Minutos antes de la hora 14 del 19 de noviembre de 2020, en un principio recibió un llamado a su teléfono fijo, comunicación a través de la cual una mujer se hizo pasar por su prima y le dijo que "iban a decretar el 'corralito'", indicándole también que "si tenía joyas, dólares o pesos debía llevarlos al banco para declararlos y sellarlos", se menciona en el fallo.
Engañada, esa mujer entregó minutos después a un varón que se hizo presente en su casa -"quien dijo llamarse Marcelo Ramos y pertenecer al Banco de la Provincia"- una bolsa en cuyo interior había "diversas joyas".
Ese delincuente, según quedó demostrado, luego se dio a la fuga en la camioneta Ford Ranger que conducía Riglos.
En tanto, "bajo la misma modalidad" al día siguiente los integrantes de esta organización delictiva cometieron en Azul el otro "cuento del tío" por el que el encausado ahora resultó condenado.
Aquel ilícito tuvo como damnificada a otra vecina. Actualmente ya fallecida, tenía 77 años de edad para cuando también fue despojada de todos sus ahorros, tras recibir un llamado al teléfono fijo de un sujeto que se hizo pasar por su nieto. El mismo que le dijo que estaba en la sucursal local del Banco Nación y que ella debía cambiar "en forma urgente la numeración de los billetes" en dólares y pesos que tenía.
Sin advertir que estaba siendo engañada, instantes más tarde de aquel 20 de noviembre de 2020 un varón se hizo presente en su casa diciéndole que venía de parte de su nieto, ocasión durante la cual la damnificada le hizo entrega de diecisiete mil dólares y de unos cincuenta mil pesos.
Posteriormente, al igual que sucediera un día antes con la otra vecina estafada, el delincuente se dio a la fuga en esa camioneta guiada por Riglos.
Evidencias
Entre las pruebas para condenar al encausado en esta primera instancia figuraron registros de cámaras de seguridad colectados durante la investigación penal iniciada por ambos "cuentos del tío".
Llevada adelante por agentes de la DDI Azul, varios de esos policías declararon como testigos en este debate.
Esas filmaciones ubicaban a la camioneta guiada por Riglos en cercanías a los domicilios de las damnificadas por los engaños. Tanto en la previa a que aquellos hechos sucedieran como instantes más tarde de que ambos ilícitos se consumaran.
El vehículo, tal lo ya referido, se secuestró durante un allanamiento realizado por efectivos de seguridad el 25 de noviembre de 2020 en la casa donde Riglos vivía en Azul.
Días antes, a esa Ford Ranger de color blanca -con las joyas y el dinero obtenidos por estas respectivas estafas- habían sido observados subirse los sujetos que se hicieron presentes en las casas de las vecinas cuando ambos hechos se produjeron, respectivamente, los días 19 y 20 de noviembre de aquel año mencionado.
También se convirtieron en evidencias para demostrar la coautoría de Riglos en estos ilícitos el análisis de las llamadas telefónicas que recibieron las damnificadas, comunicaciones a través de las cuales fue posible determinar que los demás miembros de esta organización delictiva no vivían en Azul.
"Del plexo probatorio valorado surge claramente que, para llevar adelante la comisión de los ilícitos por los que viene acusado Riglos, fue necesaria una organización criminal, conformada en el caso por entre tres y cuatro personas y destinada a cometer estafas y defraudaciones a diversas personas. Todas de avanzada edad y con domicilio en la ciudad de Azul, lugar donde se encontraban parte de los integrantes de la banda; mientras que otros estaban en distintas provincias, como Río Negro y Neuquén", se concluyó en lo resuelto.
El dato
En carácter de defensores particulares, en el juicio al hombre que resultó condenado lo patrocinaron los abogados Luz Lapasta y Jorge Moreno; mientras que en representación de la Acusación intervino la fiscal Laura Margaretic, actual titular de la UFI 9.
Agravantes
A modo de agravantes de la pena impuesta al hombre, la jueza Olmedo valoró "la gran vulnerabilidad de las víctimas" de estos "cuentos del tío", teniendo en cuenta para eso las edades que ambas tenían cuando sufrieron las estafas. Una circunstancia que "las sitúa en un mayor grado de indefensión ante hechos como los que padecieron", puede leerse en lo decidido.
Además, se consideró "la extensión del daño" provocado a ambas mujeres por esos ilícitos que sufrieron.
Una de ellas, "al ser despojada de un alto monto de dinero, que sin dudas formaría parte de ahorros a lo largo de su vida". Y la otra vecina, al entregar -también engañada- sus joyas, "que conllevan para muchas personas un valor sentimental que va más allá de su valor económico real, afectando esto su faz emocional".
Una agravante más valorada para Norberto Fabián Riglos fue el antecedente condenatorio que registraba; y que en este juicio oral se tradujo en la imposición de esa pena única de seis años y nueve meses de prisión que continúa teniéndolo en la cárcel.
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