FALLO DE UN JUICIO ABREVIADO

FALLO DE UN JUICIO ABREVIADO

Un año y medio de prisión en suspenso

Esa pena recibió un azuleño por provocar, armado con una escopeta, un conflicto vecinal. El encausado también fue condenado por amenazar de muerte a un hombre, a quien intentó lastimar con un fierro.

15 de noviembre de 2024

Un año y seis meses de prisión de cumplimiento condicional le impuso un juez a un azuleño, quien tras aceptar su culpabilidad en un juicio abreviado fue declarado autor de dos episodios que cometiera "en concurso real de acciones".

Ambos quedaron respectivamente definidos por el delito de amenazas agravadas por el uso de arma reiteradas y, en el caso de uno de esos hechos, también por el ilícito de agresión con armas.

En lo resuelto -que según voceros judiciales informaron a EL TIEMPO data de este martes que pasó- el condenado en esta primera instancia fue identificado como Carlos Enrique Gómez, de 53 años.

A través de un proceso tramitado ante el Juzgado Correccional 1 que está a cargo de Aníbal Álvarez, uno de los hechos por los que ese hombre fue condenado había ocurrido el 16 de junio de 2022 en un barrio de Azul.

Minutos después de la hora 22 de aquel día, en el fallo se menciona que en el marco de un conflicto vecinal Gómez, portando una "escopeta con culata de madera", otro varón que todavía tiene que ser juzgado y un tercer sujeto amenazaron a una pareja.

Al varón y la mujer los autores de este episodio les expresaron que iban a "prender fuego la casa" donde reside la madre de una de las víctimas.

A través de lo denunciado por esa joven se supo que el día de ocurrido aquel hecho ella concurrió con su pareja a buscar su auto a la casa de su mamá, ocasión durante la cual observó que el rodado presentaba diferentes daños y que habían querido sustraerle el estéreo. Y también constató que estaba roto el vidrio de una ventana del inmueble donde vive su madre.

Del interior de esa vivienda fueron vistos salir el ahora condenado y los demás sujetos, uno de los cuales portaba un machete. En tanto, Gómez fue observado con la referida escopeta. Y ese tercer varón que intervino en el hecho "manipulaba un fierro de aproximadamente un metro de largo".

Mientras los tres amenazaban a la pareja, el condenado en este juicio abreviado fue visto realizar con el arma "la carga de la misma", por lo que la pareja de la mujer -que es policía- tomó la suya para que los agresores cesaran con su accionar.

En el fallo se refiere también que durante aquel incidente se efectuaron disparos, sin que ninguno de los involucrados resultara herido.

Ante la llegada de la Policía los agresores se fueron, no sin antes arrojar varias piedras contra la casa donde instantes antes los damnificados constataron que había sido dañado el vidrio de una ventana.

En tanto, el otro incidente por el que fue condenado en este proceso ese azuleño data del 15 de diciembre de 2022.

Aquel día, cuando era alrededor de la hora 15:30, la víctima de lo sucedido concurrió a verlo para -según denunciaría después- dialogar con él porque no estaba cumpliendo con la concreción de una obra consistente en la colocación de planchas. Un trabajo que ese hombre había acordado con Gómez y por el que ya le había pagado meses antes una parte.

Ante su reclamo, el condenado en este proceso tomó un trozo de hierro y lo corrió con intenciones de agredirlo mientras lo amenazaba de muerte; aunque la víctima no resultó lesionada porque logró subirse a una camioneta en la que andaba y se retiró.

Además de esa pena de prisión en suspenso, el juez Álvarez le impuso al encausado varias obligaciones que debe cumplir durante dos años. Entre ellas, evitar "generar nuevos inconvenientes" con las víctimas de ambos hechos.

El fiscal Adrián Peiretti y el defensor Oficial Diego Prado habían intervenido en este juicio abreviado en representación de las partes, acordando que Carlos Enrique Gómez fuera condenado a la pena que el juez Correccional Aníbal Álvarez le impuso en esta primera instancia.

El dato

"La carencia de antecedentes penales computables por parte del imputado" fue valorada por el titular del Juzgado Correccional 1 como una circunstancia "atenuante de responsabilidad". Y contando también con lo que acordaran las partes, para ese azuleño al que condenó el Juez tuvo en cuenta, pero como una agravante, "la reiteración delictiva".

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