FALLO DE UN JUICIO ORAL

FALLO DE UN JUICIO ORAL

Pena única de siete años de prisión para tapalquense que abusó de una menor

El encausado cumple actualmente arresto domiciliario. En el debate se probó que sometió a la víctima desde que ella tenía doce años. Esos hechos, consistentes en tocamientos y otras conductas de índole sexual, sucedieron en inmuebles de Tapalqué y Azul, aprovechando momentos en que la chica quedaba bajo su cuidado.

1 de agosto de 2024

Detenido a principios de abril de 2022 y actualmente con arresto domiciliario, un hombre fue condenado por haber abusado sexualmente de una menor de edad que padece una discapacidad intelectual de tipo leve.

El veredicto se anunció ayer miércoles en el Palacio de Justicia de Azul, luego de que el encausado había comenzado a ser juzgado semanas atrás por este caso.

Específicamente por los hechos que fueron materia de este debate - desarrollado en la sala del Tribunal Oral en lo Criminal número 1 y con la intervención del juez Martín Céspedes- al hombre le fue impuesta una pena de seis años de prisión.

Pero como registraba una condena anterior, en el juicio al que ahora fue sometido también le fue dictada una pena de tipo única consistente en siete años de prisión.

Esa otra sanción que el investigado ya tenía se aunó a la que recibió por los abusos cometidos en perjuicio de la menor.

Aquella primera condena le había sido impuesta el 10 de septiembre de 2018 y tiempo después adquirió rango de firmeza. Y surgió de un juicio desarrollado en el Juzgado Correccional 2 con asiento en los tribunales de Azul.

En ese proceso el hombre condenado nuevamente ahora había sido sentenciado a un año de prisión en suspenso como autor de los delitos de "lesiones leves agravadas y amenazas, en concurso real".

Oriundo de Tapalqué y actualmente de 57 años de edad, el condenado ayer miércoles en una primera instancia por este caso de abuso sexual fue identificado como Enrique Gustavo Gómez.

A través de lo resuelto se menciona que esa nueva pena que recibió fue como autor del delito de "abuso sexual simple doblemente agravado". Tanto "por haber sido cometido contra una menor de dieciocho años aprovechando la situación de convivencia preexistente con la misma" como por tratarse de la persona encargada "de la guarda" de la víctima.

Lo detuvieron en abril de 2022

A través de una investigación penal que llevara adelante desde la UFI 6 Karina Gennuso, fiscal que también intervino en el debate, Enrique Gustavo Gómez había sido detenido en Tapalqué por este caso de abuso sexual el 4 de abril de 2022, época para la cual desempeñaba tareas como empleado en la Municipalidad de esa vecina ciudad mencionada.

En un principio permaneció privado de la libertad en la Estación de Policía Comunal de Tapalqué y después fue llevado a la Unidad 2 de Sierra Chica.

Pero algunos meses después de que se hiciera efectiva aquella medida cautelar le fue concedido -tras el dictado y la confirmación de su prisión preventiva- el arresto domiciliario.

Al beneficio se lo otorgó Juan José Suárez -el titular del Juzgado de Garantías 3- y posteriormente lo decidido quedó ratificado por los jueces de la Cámara Penal departamental, sin que en aquella segunda instancia prosperara un recurso de apelación que presentara la Fiscal a cargo de esta causa para que fuera revocado lo resuelto por el magistrado garante.

De esa manera, y más allá de la oposición también manifestada con relación a la concesión del referido beneficio para Gómez de los padres de la menor abusada, el hombre condenado ayer miércoles por este caso de abuso sexual continúa actualmente cumpliendo arresto domiciliario en el inmueble de Tapalqué donde reside.

Para que le fuera concedida esa morigeración de prisión, desde su Defensa Particular había sido ofrecido como uno de los garantes del beneficio el actual intendente de la vecina ciudad: Gustavo Cocconi.

En Tapalqué y en Azul

Cuando se produjeron los hechos que ayer miércoles derivaron en la condena por este caso de abuso sexual, Enrique Gustavo Gómez formaba parte del entorno familiar al que también pertenece la menor que resultara víctima de lo ocurrido.

Los abusos que ese hombre cometió fueron situados como ocurridos entre febrero de 2020 y mayo de 2021. Y en el fallo se menciona que algunos de estos episodios Gómez los concretó en su casa de Tapalqué. Y que otros tuvieron como escenario un departamento de un barrio de Azul al que la menor víctima solía venir a visitar a sus familiares, entre los cuales en ese entonces estaba el empleado municipal imputado.

De acuerdo con lo referido en el fallo sobre la existencia de esos hechos, en los dos inmuebles referidos Gómez sometió a la menor, que tenía doce años cuando comenzó a sufrir estos ataques de índole sexual.

Sin llegar a accederla carnalmente, el tapalquense le efectuó "tocamientos impúdicos" en diferentes partes de su cuerpo a la chica, por debajo de la ropa.

En otras ocasiones el encausado apoyaba sus partes íntimas en el cuerpo de la menor, "por encima de su ropa". Y también solía acostarse en la misma cama con ella para que su miembro viril rozara su cuerpo.

Todo aquello ocurría -escribió el juez Céspedes en lo resuelto- "aprovechando la situación de convivencia con la niña" que Gómez mantenía para la época en que este caso de abuso sexual se produjo.

Aquello sucedía porque el condenado en esta primera instancia tenía un vínculo sentimental con una mujer ligada al entorno familiar de la menor. Y tal situación hacía que la víctima concurriera a la casa en Tapalqué del encausado y a ese otro departamento en Azul para "pasar periodos de tiempo distintos" con Gómez y su pareja.

Por tal motivo, se refiere también en el fallo, durante la comisión de estos hechos de abuso sexual el encausado "detentaba" la "guarda" de la menor en esas ocasiones mencionadas.

Entre las pruebas valoradas para condenar al tapalquense se hizo mención en lo resuelto a lo que la chica -que actualmente tiene 16 años- contara cuando declaró en Cámara Gesell.

Aquel testimonio le fue recibido en sede judicial en el marco de lo que había sido la instrucción de esta causa, iniciada una vez que los padres de la menor tomaron conocimiento de lo que ocurría y decidieron denunciar al hombre que terminó siendo condenado en este juicio oral cuyo fallo se anunció ayer miércoles en el Palacio de Justicia de Azul.

Germán Senn fue el abogado que como defensor Particular representó al declarado autor de esos hechos de abuso sexual.

Según refirió a EL TIEMPO una vez conocido el veredicto del debate, ahora tiene previsto recurrir ante Casación este fallo de primera instancia que se tradujo en la condena para su cliente.

Contando con lo que afirmara en su alegato, "el buen concepto" que algunos de los testigos que pasaron por el juicio dieron sobre Enrique Gustavo Gómez se valoró -por parte del juez Martín Céspedes- como una única circunstancia atenuante a la condena que le impuso.

En tanto, pero como agravantes potenciadoras de la pena que le dictó por este caso de abuso sexual, el magistrado del TOC 1 tuvo en cuenta varias situaciones.

De esa manera, en lo resuelto hizo mención al "trato estrecho de índole familiar que tenía el imputado con la víctima"; al "aprovechamiento de la situación de mayor indefensión y vulnerabilidad" de la menor -"dadas sus características de personalidad" y la afección que padece: hipoacusia bilateral profunda asociada a una discapacidad intelectual leve-; "la extensión del daño causado" y "la modalidad de los hechos y su reiteración". Una circunstancia esta última "que da lugar a una repetición crónica desde sus inicios" hasta el momento en que la menor pudo contar a sus padres sobre esos abusos que sufría por parte de Gómez cada vez que se quedaba a solas con él, en ocasión que iba a visitarlo.


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