FALLO DE UN JUICIO ABREVIADO

FALLO DE UN JUICIO ABREVIADO

Condenaron a un joven por un robo "agravado por escalamiento"

Tres años de prisión de ejecución condicional fue la pena que recibió. Una jueza lo declaró autor de la sustracción de la bomba centrífuga de una piscina.

1 de julio de 2024

El hecho que el encausado cometió, en enero de 2020, tuvo como escenario una vivienda de esta ciudad situada sobre la calle Amado Diab. Y a escala penal quedó definido en lo resuelto como un "robo agravado por escalamiento".

El proceso que finalizó con la imposición de un veredicto condenatorio para el joven se tramitó ante el Tribunal Oral en lo Criminal número 2 con sede en el Palacio de Justicia de Azul y contó con la intervención de la magistrada Inés Olmedo.

El declarado autor de este episodio delictivo fue identificado en el fallo como Cristian Oscar Pazos, oriundo de esta ciudad y actualmente de 29 años de edad.

Contando con el acuerdo entre las partes que intervinieron en el juicio abreviado -el fiscal Adrián Peiretti y la defensora Oficial Mariana Mocciaro-, al azuleño condenado le fueron dictadas también diferentes obligaciones que debe cumplir durante tres años para que no le sea revocada la condicionalidad de la pena impuesta.

De esa manera, ahora tiene que "fijar residencia y someterse al cuidado del Patronato de Liberados"; "no cometer nuevos delitos" y "abstenerse de usar estupefacientes o de abusar de bebidas alcohólicas".

Además, tiene que "adoptar oficio, arte, industria o profesión adecuado a su capacidad" y "abstenerse de tener contacto" por "cualquier medio" con el vecino que resultara damnificado por lo sucedido, quien había expresado su conformidad para que la situación procesal de Pazos se resolviera mediante la tramitación de este juicio abreviado.

Una bomba centrífuga

Alrededor de la hora seis del 24 de enero del año 2020 fue situado como ocurrido el hecho que, para el azuleño imputado, se tradujo en el dictado de esta condena de primera instancia a una pena de prisión en suspenso.

Según quedara demostrado, aquel día Cristian Oscar Pazos escaló un paredón de aproximadamente dos metros para ingresar con fines delictivos a una vivienda situada sobre la calle Amado Diab.

Una vez en el interior del inmueble, "previo cortar el cable de alimentación eléctrico y desenroscar los caños" -según se describe en el fallo-, robó una bomba centrífuga perteneciente a una pileta que estaba en el patio de esa propiedad, ubicada en cercanías de la Plaza de la Policía Federal Argentina.

En el marco de la causa penal que se iniciara por lo ocurrido pudo determinarse que el joven condenado en este juicio abreviado luego le vendió la bomba a un conocido suyo, por un valor de cinco mil pesos. Y posteriormente los investigadores pudieron recuperarla.

Grabaciones de cámaras de seguridad instaladas en el interior de la vivienda donde está la piscina sirvieron como evidencias para dar por demostrada la autoría de Pazos en ese hecho.

A través de esos registros fílmicos, aquel 24 de enero de 2020 en que el ilícito se produjo se lo observó al encausado saltar el mencionado paredón para ingresar a la propiedad con intenciones de robar la bomba centrífuga. También se podía ver en esas grabaciones que -una vez que se apoderó de la misma- volvió a trepar por ese paredón al que había ingresado a la casa para darse a la fuga, huyendo por Amado Diab hacia la calle Rauch.

Además, pudo determinarse que con anterioridad a que sustrajera la bomba centrífuga de la piscina había ingresado por primera vez al referido inmueble; aunque en aquel entonces se fue y regresó alrededor de veinte minutos más tarde para llevar a cabo el ilícito por el que ahora resultó condenado en este proceso abreviado.

En el marco de la investigación iniciada por lo ocurrido se estableció también que el joven encausado se dedicaba a colocar piletas de fibra como aquella a la que le sustrajo su bomba centrífuga. Y que había estado semanas antes de sucedido el hecho, desempeñando labores de esas características, en la casa donde aquel 24 de enero de 2020 cometió este ilícito, "motivo por el cual conocía bien el lugar y la disposición de las cosas", concluyó la jueza Olmedo en lo resuelto.

Teniendo en cuenta lo peticionado por las partes que intervinieron en este juicio, sólo se valoró para el azuleño condenado una circunstancia de tipo atenuante: que hasta el momento no registra antecedentes penales computables.

"Atento a la calificación del delito que se ha tenido por probado, a la participación que le cupo al procesado Cristian Oscar Pazos, a los atenuantes valorados y a lo acordado por el Sr. Agente Fiscal y la Sra. Defensora Oficial, con ratificación expresa del imputado, estimo justo que se lo condene a la Pena de Tres Años de Prisión de Ejecución Condicional, Accesorias Legales y Costas", escribió la magistrada Inés Olmedo en el fallo.


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