FALLO DE UN JUICIO ABREVIADO

FALLO DE UN JUICIO ABREVIADO

Condena para un joven azuleño a cuatro años y seis meses de prisión

En abril de 2021 cometió un hurto en una panadería. Y en junio de ese mismo año, en dos viviendas situadas en Parque Pinasco, un intento de robo y un robo. En aquellos tres hechos también estuvieron involucrados menores de edad. Por la pena que un juez le dictó continúa privado de la libertad en la Unidad 38 de Sierra Chica.

8 de noviembre de 2023

Actualmente privado de la libertad en la Unidad 38, la cárcel del SPB que está en la localidad olavarriense de Sierra Chica, un azuleño cumple cuatro años y seis meses de prisión.

Dicha sanción le había sido dictada semanas atrás en una primera instancia, luego de la tramitación de un juicio abreviado donde fue declarado autor de un robo, un intento de robo y un hurto, hechos todos que cometiera en esta ciudad durante los meses de abril y junio de 2021.

Voceros judiciales identificaron al encausado como Alexis Martín Tobio, de 21 años de edad.

En ese juicio abreviado donde fue condenado -a través de un proceso tramitado ante el Tribunal Oral en lo Criminal número 1 que contó con la intervención del juez Joaquín Duba- por esos tres hechos que cometiera fue declarado responsable a título penal de los siguientes delitos: robo agravado por haberse perpetrado con escalamiento y robo en grado de tentativa, ambos agravados por la participación de un menor de edad en concurso real de acciones; en concurso real a su vez con el de hurto agravado por la participación de un menor de edad.

En Parque Pinasco

Por dos de los hechos tratados en este proceso, Alexis Martín Tobio había sido arrestado junto con un adolescente, que en ese entonces tenía 14 años de edad, a fines de junio de 2021.

Las medidas se habían hecho efectivas después de que los dos ingresaron a una vivienda que está en Parque Pinasco a robar e instantes antes intentaron cometer un episodio delictivo de similares características en otro inmueble situado en ese complejo habitacional.

Ambos ilícitos, se menciona en el fallo de este juicio abreviado, habían ocurrido el 30 de junio de 2021 en horas del mediodía.

En un principio, Tobio y el menor quisieron ingresar con fines de robo a una casa ubicada sobre la calle Alvear, para lo cual forzaron la persiana de una ventana y provocaron daños en una puerta de chapa. Pero al activarse la alarma instalada en esa vivienda, ambos se dieron a la fuga.

Momentos más tarde, tanto el ahora condenado como el adolescente menor de edad concretaron un robo en otra de las casas ubicadas en Parque Pinasco: una propiedad que está situada sobre la calle Catriel.

A ese inmueble ambos ingresaron tras escalar un paredón perimetral de más de dos metros de altura. Después, violentaron la ventana de la cocina, "forzando su marco y provocándole roturas", se describe textualmente en el fallo. Y una vez en el interior de la casa, se llevaron un televisor, una cámara de fotos, una computadora portátil y dos controles remotos.

Mientras el ilícito se concretaba por parte de ambos autores, en la casa convertida en escenario de aquel hecho una joven que se domiciliaba con su familia en dicho inmueble y la empleada doméstica estaban presentes.

De esa manera, al constatar que se estaba cometiendo un robo, de lo sucedido fue alertado personal policial y aquel día tanto Tobio como el adolescente menor de edad que lo acompañaba pudieron ser arrestados por agentes del Destacamento Balneario.

El menor había sido hallado por los efectivos de seguridad a la vuelta del inmueble donde aquel robo sucediera, luego de que cuando intentaba huir se descartó de varios de los elementos sustraídos en esa casa situada sobre la calle Catriel e intentó esconderse entre los pajonales de un terreno baldío.

Posteriormente, al ser identificado y constatarse que tenía 14 años, fue entregado a un familiar suyo y se determinó que no era punible por su edad, quedando así exceptuado de responsabilidad penal alguna en lo sucedido.

Aquel 30 de junio de 2021, en tanto, Tobio fue arrestado en momentos que había huido en dirección hacia unos cañaverales distantes a aproximadamente unos cien metros de la casa donde el robo ocurrió.

Teniendo en cuenta lo que fueron las actuaciones penales iniciadas por ambos ilícitos, además de las circunstancias referidas el Juez que condenó al joven valoró, para dar por demostrada su autoría en esos hechos, las conclusiones de una pericia dactiloscópica cuyo rastro fuera hallado en una puerta de aluminio y que se correspondía con la mano derecha del azuleño encausado. También, "el rastro de origen papilar dactilar" que agentes de la Policía Científica encontraron en la pantalla de la cámara digital de fotos robada en la casa ubicada sobre la calle Catriel de Parque Pinasco, el cual pertenecía al pulgar de la mano derecha de Alexis Martín Tobio.

Una panadería

En el mismo proceso, además el joven fue condenado por lo que a escala penal quedó definido como un "hurto", agravado también por la intervención de un menor de edad.

Aquel hecho había sucedido minutos antes de la hora dos del 19 de abril de 2021, cuando el encausado -"junto a otras tres personas de sexo masculino, una de ellas menor de edad"- ingresó a una panadería en ese entonces ubicada en Sarmiento entre Lavalle y Cáneva.

En ese comercio fueron sustraídos "cinco bolsas de papa de 20 kilos cada una, una balanza digital y un bolso de color azul conteniendo en su interior elementos de pesca", según lo referido en las actuaciones penales que en su momento se iniciaran por ese episodio delictivo.

Contando con datos brindados por un testigo que observó a los autores del hurto huyendo de la panadería con los elementos sustraídos, el día de ocurrido el ilícito los agentes policiales arrestaron a Tobio en cercanías a ese comercio, cuando se encontraba con un menor -en aquel entonces de 15 años- implicado también en el hecho.

"Como circunstancias atenuantes tengo en cuenta la corta edad del imputado al momento de los hechos -18 años- y la carencia de antecedentes penales del mismo", escribió en lo resuelto el juez Duba en alusión al encausado. Y ese magistrado señaló también en el fallo: "De acuerdo a lo establecido por el artículo 399 del Código Procesal Penal -el cual establece que no se podrá imponer una pena superior a la solicitada por el Fiscal-, corresponde condenar a Alexis Martín Tobio a la pena de cuatro años y seis meses de prisión" por esos tres hechos que cometiera en esta ciudad durante los meses de abril y junio de 2021.

El dato

Las partes en el juicio abreviado habían estado representadas por la fiscal Karina Gennuso y la defensora Oficial Mariana Mocciaro. El monto de la pena que el azuleño recibió a modo de condena fue el mismo que ambas funcionarias judiciales acordaran, en la previa a que la actual titular de la UFI 6 solicitara ante el TOC 1 la tramitación de este proceso.


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