FALLO DE UN JUICIO ORAL

FALLO DE UN JUICIO ORAL

Azuleño fue condenado a seis meses de prisión en suspenso

El encausado es un efectivo de la Policía bonaerense. Recibió esa sanción por varios hechos de "violación de domicilio" en perjuicio de su ex pareja.

18 de diciembre de 2024

Seis meses de prisión de ejecución condicional fue la sanción que un hombre recibió, luego de que en un juicio oral fuera declarado autor de varios hechos que, sucedidos en un contexto de violencia de género, tuvieron como víctima a su ex pareja y quedaron definidos por el delito de violación de domicilio reiterada.

Considerados todos esos episodios delictivos como cometidos "en concurso real de acciones", esa pena de prisión en suspenso le fue dictada al encausado durante un debate que tuvo como escenario el Juzgado Correccional 1.

A través de lo decidido en una primera instancia por Aníbal Álvarez, el magistrado que intervino en este juicio oral, el declarado autor de los referidos hechos fue identificado como Fabricio Oscar Gómez, un efectivo de la Policía bonaerense oriundo de Azul que actualmente tiene 43 años de edad.

"Respecto al modo de ejecución de la pena, considero que las características de los hechos, la falta de antecedentes penales del causante y la circunstancia de ser éste padre de tres menores de edad tornan inconveniente la imposición de una pena de cumplimiento efectivo", escribió en lo decidido el titular del Juzgado Correccional 1. Y además de esa pena de prisión en suspenso, le impuso diferentes pautas de conducta que, para que no le sea revocada la condicionalidad de la sanción que recibió, debe cumplir durante dos años.

Dichas obligaciones implican que el hombre sometido a este debate tiene que "constituir domicilio y someterse al control del Patronato de Liberados", según se menciona en lo resuelto.

Durante el año 2021, uno de ellos el 22 de junio y otro al mes siguiente, fueron situados esos hechos que el encausado cometió y por los cuales días atrás se conoció este veredicto condenatorio para él surgido del debate desarrollado en uno de los juzgados correccionales con asiento en el Palacio de Justicia de Azul.

Esas violaciones de domicilio que el hombre cometió fueron situadas "en el marco de una relación inmersa en un contexto de violencia intrafamilar y de género", se menciona en el fallo.

De esa manera, durante el año 2021, "en reiteradas oportunidades" el ahora condenado en este juicio "ingresó sin autorización y contra la voluntad de su propietaria y moradora, que tenía derecho a excluirlo", a la vivienda donde esa mujer, que hasta tiempo atrás había sido su pareja, residía en Azul.

La damnificada por lo ocurrido declaró en el juicio, siendo su testimonio después valorado como uno de los elementos para el dictado de ese veredicto condenatorio para el policía.

A través de su testimonio, esa mujer dio cuenta de lo traumática de la situación generada durante la relación que mantuvo con el policía, la cual después derivó en que decidiera separarse y que -a través de ese accionar donde el imputado concurría a su casa- ella continuara sufriendo situaciones de violencia.

A fines de 2021 la mujer radicó la denuncia que días pasados se tradujo en el dictado de esta condena para el hombre que fue su pareja, a quien la víctima definió durante el juicio como alguien que siempre "la manipulaba" y como "re violento".

A pesar de las medidas cautelares dictadas al acusado, su ex pareja recordó que siempre las vulneraba y que "un montón de veces" se metió sin su permiso a la casa donde ella vivía.

A modo de conclusión, y en respuesta a un planteo efectuado desde la Defensa del acusado, en lo resuelto el juez Álvarez también escribió: "Respecto a la presunta atipicidad de la conducta atribuida a Gómez por resultar copropietario de la vivienda en la que ingresaba, cabe señalar que la figura penal protege el domicilio como ámbito en el cual se desarrolla la vida de una persona, resguardando su intimidad. Sentado ello, la circunstancia de que el causante fuera el copropietario de la vivienda -en la que él ya no residía- no lo autorizaba a ingresar a la misma sin el consentimiento de su ex pareja que vivía en el lugar".

La causa penal convertida en materia de este juicio la instruyó Marcelo Fernández desde la UFI 1, fiscal que también representó a la Acusación en ese debate.

El dato

Además de la falta de antecedentes penales computables del hombre sometido a este juicio oral, en lo resuelto se valoró "el buen concepto del que es merecedor" como otra atenuante. Y el Juez que lo condenó también tuvo en cuenta, pero como una agravante a la pena que le dictó, "el contexto de violencia de género en que sucedieron los hechos".


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