28 de febrero de 2025
Se recordó que la entidad bancaria nacional ya había sido excluida "de la posibilidad de privatización, parcial o total, en la denominada 'Ley Bases'" durante el 2024. Desde el gremio bancario se remarcó la importancia de la nueva resolución del juez federal Ramos Padilla "que hizo lugar a una medida cautelar y suspendió el decreto" firmado esta semana por el presidente Milei.
A través de un comunicado que lleva las firmas de Carina Brunetto, delegada de la CGT Regional Azul, y del delegado adjunto César Vicente, la central obrera local rechazó el decreto presidencial vinculado con la transformación del Banco Nación en una sociedad anónima.
En tal sentido, se indicó que "desde el consejo directivo de la CGT Regional Azul expresamos el rechazo total y absoluto del decreto firmado por el presidente Milei, por el cual pretende convertir al Banco de la Nación Argentina en una sociedad anónima".
"Teniendo en cuenta que el Banco Nación posee la mejor rentabilidad del sistema financiero, concentrando la mayor cantidad de clientes, depósitos, otorgamiento de créditos tanto a empresas como a individuos, es el banco más grande del país", se remarcó desde la CGT Azul.
En esa línea, se observó que "es contradictorio querer vender lo que funciona, salvo que el único objetivo sea un negociado ilegítimo y una nueva estafa".
También se recordó que, "luego de las firmas presentadas, el Banco de la Nación Argentina fue excluido de la posibilidad de privatización, parcial o total, en la denominada 'Ley Bases'", durante el 2024.
Por ello, se subrayó desde la CGT Azul, "es de resaltar que el Presidente [Milei] lanza este maquiavélico decreto cuando se encuentra en medio de denuncias nacionales e internacionales por la estafa que realizó", en clara referencia al caso $Libra.
En tanto, desde la Asociación Bancaria se expresó que "celebramos el reciente fallo del juez federal Alejo Ramos Padilla, que hizo lugar a una medida cautelar y suspendió el decreto N° 116/25, que transformaba al Banco Nación en Sociedad Anónima".
La Bancaria, en tal sentido, puntualizó que "el fallo considera que el mencionado decreto es un paso previo a una posible privatización, en tanto que permite en prima facie el ingreso de capitales privados; recuerda que el Banco Nación fue excluido explícitamente en la denominada Ley Bases del listado de empresas pasibles de privatización; e interpreta que el Poder Ejecutivo se excedió en los límites que el Congreso le otorgó al realizar la delegación de facultades".
"Por otro lado -se añadió desde el gremio bancario-, se le pide al Gobierno [nacional] que informe en el expediente cuál es el interés público que justifica su conversión en Sociedad Anónima, mientras que le ordena al Estado nacional y al Banco que se abstengan de toda acción tendiente a la implementación del decreto. Una vez más la Justicia nos da la razón".
Por su parte, los diputados nacionales y referentes de la Asociación Bancaria, Sergio Palazzo y Carlos Cisneros, presentaron un proyecto de ley para derogar el Decreto N° 116/2025 del gobierno de Javier Milei, que transforma al Banco Nación en una Sociedad Anónima.
Este proyecto busca declarar la nulidad de todos los actos realizados en la entidad a partir de la publicación del Decreto y garantizar que el Banco Nación continúe siendo una institución propiedad del Estado Nacional.
Al respecto, Cisneros y Palazzo argumentan que la transformación en S.A. es el "paso previo a la privatización" y que, "contraría el fin social" de la entidad, debilitando su rol como motor de la economía y herramienta de las PyMEs.
Del mismo modo el proyecto remarca que "la constitución en una Sociedad Anónima es profundamente desacertada y, además, peligrosamente irreversible", señalan los diputados en los fundamentos del proyecto, criticando así la falta de argumentos que justifiquen la medida establecida por el Presidente de la Nación.
La iniciativa legislativa destaca la voluntad histórica del Congreso de la Nación de proteger al Banco Nación de los procesos de privatización, recordando la Ley 25.108 que lo excluyó expresamente de la privatización durante la década del 90?, y que luego se repitió en la Ley de Bases aprobada por el Congreso en 2024.
En el proyecto de Palazzo y Cisneros -dado a conocer por la Asociación Bancaria de Azul- se afirma en el texto que, "el Banco Nación no debe ser privatizado ni convertido en S.A. porque posee una inconmensurable función social", en tanto se resalta su importancia para la inclusión financiera, el acceso al crédito y el desarrollo económico del país.
En referencia a la reciente decisión del juez federal Alejo Ramos Padilla, se indicó que la Justicia resolvió suspender la transformación del Banco Nación en Sociedad Anónima.
El magistrado dictó esta semana una medida cautelar interina donde consideró que el Poder Ejecutivo se habría excedido en los límites que el Congreso le dio al realizar la delegación de facultades en la Ley Bases.
"Disponer como medida cautelar interina la suspensión de los efectos del DNU 116/25 y ordenar al Estado Nacional y al Banco de la Nación Argentina que se abstengan de toda acción tendiente a su implementación", señaló el juez federal en su resolución.
También resolvió "requerir a las autoridades públicas demandadas que, dentro del plazo de cinco días, produzcan un informe que dé cuenta del interés público comprometido por la solicitud de medida cautelar efectuada por la actora en fecha 20/2/2025?.
"El Banco de la Nación Argentina es una entidad autárquica cuya creación compete al Congreso Nacional. Por lo tanto, es éste el único Poder que tiene la facultad de revocar dicho carácter y cualquier decisión sobre la modificación del estatus de autarquía de una entidad creada por el Congreso Nacional debe emanar exclusivamente del Poder Legislativo", sostuvo en el documento Ramos Padilla.
Cabe recordar que el 25 de septiembre de 2024, Ramos Padilla había resuelto que "el DNU 70/23 y la resolución 348 del Directorio del Banco Nación no autorizan a modificar la situación jurídica de la entidad bancaria, que solo puede llevarse adelante mediante una ley formal dictada por el Congreso de la Nación y promulgada por el Poder Ejecutivo Nacional" y, por ende, el juez declaró "abstracta" la cuestión.
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