4 de abril de 2025
Como registraba un antecedente, el encausado ahora fue sentenciado a una pena única de tres años de prisión en suspenso. En noviembre de 2021 convirtió en víctima de los hechos tratados en este proceso a un varón con quien mantenía una disputa por la tenencia y filiación de un nene. Primero le dañó la ventana de su casa a piedrazos y después, cuando se lo encontró en la calle, le apuntó con una carabina.
Una pena única de tres años de prisión y otra de un año y diez meses, en ambos casos de ejecución condicional, fueron dictadas en un juicio abreviado a un joven declarado autor de daño y portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal, señalaron fuentes judiciales a EL TIEMPO.
"En concurso real de acciones", a esos delitos el encausado los había cometido tras protagonizar incidentes por cuestiones de índole familiar vinculadas con la filiación y tenencia de un nene. Y ambos hechos, que tuvieron como víctima a otro joven, habían sucedido en esta ciudad el 17 de noviembre de 2021.
Así se menciona en el fallo de lo que fue este juicio abreviado. Un proceso donde el condenado en esta primera instancia fue identificado como Enzo Matías Aguilar.
Oriundo de La Plata, tiene 29 años de edad y figura con actual domicilio en Azul, se refiere también en lo resuelto.
El proceso que finalizó con una nueva condena para el encausado se tramitó ante el Juzgado Correccional 1 que en los tribunales está a cargo de Aníbal Norberto Álvarez.
Teniendo en cuenta que las referidas penas son de cumplimiento condicional, ese Juez también le impuso al joven diferentes pautas de conducta, las cuales tiene que cumplir durante dos años para que no le sea revocada la condicionalidad de ambas sanciones.
En ese contexto, una vez que este fallo adquiera rango de firmeza Aguilar deberá "fijar residencia"; "someterse al control del Patronato de Liberados" y "abstenerse de generar cualquier acto de perturbación, hostigamiento o conflictos por cualquier medio" con quien se había convertido en la víctima de los incidentes que recientemente derivaron en esta segunda condena para él.
La otra sanción que ya registraba al momento de la tramitación de este proceso -aunada con la que recibió semanas atrás y se tradujo en la imposición de la referida pena única de tres años de prisión en suspenso- data del 7 de diciembre de 2022 y quedó firme dos meses más tarde.
Por otros delitos, le había sido dictada a Aguilar en el Juzgado Correccional 2 que también tiene su asiento en el Palacio de Justicia local y consistía en "un año y seis meses de prisión de ejecución condicional".
De esa manera fue que también recibió la ya mencionada pena única de tres años de prisión en suspenso, considerando que los hechos tratados en este proceso abreviado el encausado los cometió "con anterioridad" a que le fuera impuesta aquella primera condena.
Lo que se probó
Un azuleño que había sido pareja de la misma mujer que lo fue también de Aguilar figura como víctima en esta causa por la que semanas atrás el joven platense resultó condenado.
Ese ya referido 17 de noviembre de 2021, cuando era alrededor de la hora 17, "Enzo Aguilar arrojó piedras a la ventana del domicilio" de ese otro varón mencionado, incidente que tuvo como escenario un inmueble ubicado sobre la calle Belgrano de esta ciudad.
Aquel accionar derivó en que el encausado, a piedrazos, rompiera el vidrio de una de las ventanas de la vivienda del damnificado.
Ese mismo día, instantes más tarde Aguilar y la víctima se cruzaron en la vía pública. Ocurrió en la intersección de las calles Quiroga y Belgrano, en las inmediaciones de la casa donde residía en aquella época el condenado en este juicio abreviado.
Al ver a ese otro varón, en lo resuelto se señala que Aguilar ingresó a su domicilio, de donde tomó una carabina con la que volvió a salir de la casa para apuntarle a la víctima "sin proferirle palabra alguna".
Tras la denuncia radicada por lo ocurrido e iniciada una investigación penal desde la UFI 1 a cargo del fiscal Marcelo Fernández, que también representó a la Acusación en este juicio abreviado, posteriormente la carabina en cuestión sería incautada.
Aquello sucedió en ocasión que personal policial realizara un allanamiento en el domicilio de Enzo Matías Aguilar, diligencia concretada días después de haber utilizado esa arma de fuego para apuntarle al otro joven.
Además de que estuvieron en pareja con la misma mujer, los orígenes del conflicto entre imputado y la víctima se relacionaban con la filiación y tenencia de un nene.
Así había sido expresado por el damnificado no bien radicara una denuncia en sede policial por el daño en su vivienda y ese posterior enfrentamiento que mantuvo en la calle con Aguilar.
Para cuando esos incidentes ocurrieron el denunciante refirió que hacía más de un año -no bien se separó de quien fue su concubina- que tenía problemas con Aguilar. Y aquel día en que el encausado le apuntó con la carabina en la calle contó que se había encontrado con él cuando fue a hacer un mandado, oportunidad durante la cual el encausado le dijo: "Yo tengo a tu nene".
Eso hizo que la víctima de estos hechos comenzara a pelear con Aguilar y que -"a modo de defensa ante tanto maltrato psicológico" que el condenado en este juicio abreviado le venía generando- utilizara una cadena con la que lo golpeó en el pecho; aunque sin llegar a lastimarlo.
Posteriormente, en lo resuelto se menciona que el encausado fue hasta su casa, tomó la carabina y salió nuevamente a la calle para apuntarle al joven que luego terminó denunciándolo, en el marco de ese conflicto de índole familiar que ambos venían manteniendo desde tiempo antes.
En aquella presentación que hizo en sede policial, el damnificado pidió también que a Aguilar le fuera dictada una perimetral. Algo que finalmente fue ordenado desde la Justicia, ya que tras la situación que sufrió -al ser apuntado con un arma de fuego- dijo que sintió "temor" por el accionar del agresor.
El dato
En el fallo donde Enzo Matías Aguilar resultó condenado por este caso de violencia familiar se valoró -contando también con lo peticionado por las partes que intervinieron en este proceso abreviado- una agravante: que registraba antecedentes penales surgidos de aquella primera condena que le fuera impuesta y que se aunó con la que ahora recibió.
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