UN DECRETO PRESIDENCIAL OFICIALIZÓ LA MEDIDA

UN DECRETO PRESIDENCIAL OFICIALIZÓ LA MEDIDA

Se restituyó el Impuesto a las Ganancias y gravará a los salarios del corriente mes

Unos 800 mil trabajadores volverán a tributar y ello se verá reflejado en el cobro de sueldos de agosto próximo. Omar Norte explicó los alcances técnicos de la normativa, en tanto los dirigentes sindicales Jorge Ferrarello -mercantiles- y José Luis Iturralde -bancarios- fundamentaron el rechazo a la restitución de la cuarta categoría.

Por: Marcial Luna
24 de julio de 2024

El Gobierno nacional publicó el lunes el Decreto 652 mediante el que se oficializaron los cambios en el Impuesto a las Ganancias contemplados en el Paquete Fiscal que, recientemente, aprobó el Congreso Nacional junto a la Ley Bases.

La nueva normativa implica que desde agosto -con el salario correspondiente a julio- volverán a tributar Ganancias los trabajadores en relación de dependencia que sean solteros y tengan ingresos brutos desde $1.800.000 ($ 1.5 millón netos); y los empleados casados y con dos hijos desde los $2.200.000 (1,95 millón netos). En esta primera etapa -puesto que habrá actualizaciones- quedan incluidos en la restitución del impuesto unos 800.000 trabajadores.

Consultado por este diario un profesional de Ciencias Económicas, el contador Omar Norte, observó que "la reciente sancionada Ley 27.743 de impuesto a las ganancias reemplazó el régimen de quince salarios mínimos y vital para ser sujeto de impuesto (equivalente a $ 2.340.000 en junio 2024)", por lo que "a partir de julio 2024, 800 mil trabajadores reingresan como contribuyentes".

La nueva normativa dispone que "a partir de una remuneración bruta mensual de $ 1.800.000 para solteros y de $ 2.200.000 para casados -y con dos hijos-, tributarán el impuesto".

"Otro cambio -explicó Norte- es que habrá un ajuste por inflación en septiembre de 2024, lo que aumentaría la base imponible en un 14% aproximadamente. Luego, a partir del año 2025, habrá ajustes semestrales -en julio y en enero- por costo de vida (IPC)".

Otra modificación que entra en vigencia es que "a partir de ahora la escala de tributación será progresiva, comenzando con una tasa del 5% hasta llegar a un tope del 35% para altos ingresos. O sea que quienes superen levemente los mínimos mencionados, abonarán sólo un 5% sobre el excedente", mientras que "la anterior ley aplicaba el 35% sobre toda remuneración superior a quince salarios mínimos".

Por otro lado, "se incorporan en la ley los pagos de horas extras, aguinaldos, viáticos de larga distancia y de zona patagónica, quedando ahora incluidos en el cálculo del impuesto", refirió Norte.

"De todo lo dicho, resulta que se empezará a pagar ganancias con un importe mínimo de $ 3.000 hasta un tope de $ 60.000 para los que hoy están exentos".

El contador Norte también puntualizó que, en la nueva normativa, "otra cuestión importante que se debe mencionar es que los principales beneficiados con estos cambios en la ley son las provincias, pues alrededor del 70% de lo recaudado va a las arcas provinciales; algo muy reclamado por las mismas, pues los últimos aumentos de impuestos (por ejemplo, el Impuesto País) están yendo al gobierno nacional".

Finalmente, Norte indicó que, "en definitiva, esta nueva ley, es un intermedio entre la ley vigente hasta octubre 2023 y la vigente desde noviembre 2023 a la fecha".

Rechazo gremial

Jorge Ferrarello, secretario general de los mercantiles azuleños, dijo ayer a EL TIEMPO que "lo que estamos viendo con el Impuesto a las Ganancias es otra más de las cosas que mintió el actual Presidente, porque en 2022 él mismo votó [como diputado nacional] para eliminarlo, ya que sostenía que no había que pagar impuestos".

"Sin embargo, [Milei] hoy sigue atacando con impuestos a lo que nosotros llamamos clase trabajadora; como también lo está haciendo con las tarifas en los negocios y en los domicilios particulares". Para el dirigente mercantil, entonces, "siempre paga la clase trabajadora o la clase media a este tipo de ajuste".

El Ejecutivo nacional, "con el Impuesto a las Ganancias logró que, otra vez, cerca de un millón de trabajadores vuelvan a pagar ese impuesto que se había eliminado".

Ferrarello analizó que "no hay consumo y, además, sacarle un 35 por ciento de Ganancias a los trabajadores alcanzados por la medida, implicará que habrá menos consumo aún".

A partir de esta situación, consideró, "se verá más recaída la economía, tanto a nivel local, como provincial y nacional. Esto lo está haciendo el Gobierno nacional para pagar deudas en el exterior y no preocuparse, como dijimos desde un principio, por el país".

"Es un Estado ausente que castiga a los sectores más bajos y, a su vez, perdona a los más altos, que sí se han visto beneficiados con la quita de impuestos, que son los que realmente podrían pagar. Me refiero a los grandes monopolios", acotó Ferrarello. "Pero desde que arrancó este Gobierno, se va contra la clase trabajadora, se gobierna contra el trabajador, ya que afecta no sólo el salario, sino también las horas extras, el aguinaldo, todo lo que se cobra aparte del básico".

Indicó que, "generalmente, un trabajador hace horas extras para ganar más, pero con esto se le descontará más porque están incluidas las horas extras en el Impuesto a las Ganancias".

Recurso de amparo

En el caso de algunas organizaciones gremiales, por estas horas se recurre a la Justicia mediante amparos con el fin de ponerle un freno a la ley vigente. En efecto, una de las presentaciones fue realizada ayer por la Asociación Bancaria a través del "Expediente 029217/2024, Asociación Bancaria c/ Poder Ejecutivo Nacional. Acción de Amparo".

El secretario general de ese gremio en esta ciudad, José Luis Iturralde, explicó a EL TIEMPO que, "como venimos sosteniendo desde la Asociación Bancaria, de la mano del secretario general Sergio Palazzo, históricamente nosotros hemos dicho que el salario no es ganancia".

Mencionó que "habíamos logrado, después de años, que un gobierno atendiera el reclamo y quitara la cuarta categoría. Eso, lo que hizo, fue devolver una quita importante del salario, que influye en la mesa familiar".

Desde su óptica, entonces, "el nuevo gobierno plantea una contradicción: cuando el Presidente actual era legislador [2022] votó la eliminación de la cuarta categoría para premiar los salarios, defendiendo la postura que siempre tuvo La Bancaria. Contradiciendo ese voto, ahora vuelve a gravar los salarios de más de un millón de familias, con un claro impacto en los derechos del trabajador, en derechos adquiridos, porque marca una disminución salarial que realmente no es legal".

Iturralde aseveró que "no solamente hablamos de la intangibilidad de los salarios, que vulnera también el principio del carácter alimentario del salario, sino que viola además el principio constitucional para nosotros, de progresividad; por eso el salario nunca tuvo que ser gravado con el mal llamado Impuesto a las Ganancias ya que es, directamente, un impuesto al salario".

"En la actualidad -añadió el titular de la AB local-, tampoco permite ningún tipo de deducciones. Es discriminatoria. Y en el rubro nuestro, de los bancarios, abarca a más del 96 por ciento de los trabajadores y las trabajadoras. Pero, además, hay un hecho existente que también está planteado en la presentación legal que hizo hoy [por ayer] la Asociación Bancaria, a través de un recurso de amparo, en cuanto a que esta ley para nosotros es inexistente, porque sólo tiene aprobación de una sola Cámara. La Cámara de Senadores, expresamente, la rechazó. No produjo cambios o modificaciones. Y la voluntad expresa de los senadores nacionales, en el tema fiscal y en cuanto a Ganancias, fue el rechazo".

En consecuencia, explicó Iturralde, "tenemos planteadas dos posiciones. La legal, que hemos planteado en el amparo; y la de legítima defensa de los derechos. Creemos que en el ámbito fiscal tiene que haber una aprobación de las dos Cámaras [del Congreso de la Nación] para que se implemente un nuevo impuesto o gravamen. Para nosotros y para muchos sectores constitucionalistas de Argentina diría que, si bien hay dos bibliotecas, en este caso coinciden distintos sectores. La Cámara de Diputados aprobó un artículo que había sido retirado por el Senado. Eso quiere decir que es ilegal, es inconstitucional. Todo eso está planteado en nuestro recurso de amparo. Hay que defender los derechos del salario y el impacto que tiene en la mesa familiar".

Desde el gremio bancario se sostiene que "el salario tiene, fundamentalmente, un principio: el alimentario. La implementación de esta ley está viciada de nulidad. Nosotros venimos desde un principio luchando por esto. Nadie nos va a decir que somos incoherentes. Y la firmeza va a ser con cualquier gobierno y este en particular, al haber tenido un nuevo agravio con respecto a nuestros salarios, además de contradecir lo que había dicho en su momento, de desgravar y bajar impuestos".

Por último, José Luis Iturralde admitió que "lo que estamos viendo es que están bajando impuestos, pero a los sectores más ricos de la economía. Eso es injusto". El Gobierno nacional "está yendo por un camino de injusticia social y creo que todos, los que lo votaron y los que no, están viendo que el camino que se está tomando no es el mejor para que las familias argentinas tengan un salario justo, una mesa familiar organizada y un progreso en la economía en general".

La cuarta categoría y su impacto

El decreto presidencial conocido el lunes último indica que la actualización del mínimo no imponible se hará de forma trimestral durante este año, en septiembre, y luego de forma semestral a partir del Índice de Precios al Consumidor (IPC). "Se ajustarán semestralmente, a partir del año fiscal 2025, con efectos a partir del 1° de enero y del 1° de julio, por el coeficiente que surja de la variación del índice de Precios al Consumidor (IPC) que suministre el INDEC, correspondiente al semestre calendario que finalice el mes inmediato anterior al de la actualización que se realice", explica el decreto. A continuación, el detalle de los sueldos alcanzados por la restitución del Impuesto a las Ganancias.

Cuánto deberá pagar un soltero:

- $1.800.000 - No paga Impuesto a las Ganancias

- $1.900.000 - Alícuota máxima 5% (retención $4500)

- $2.000.000 - Alícuota máxima 9% (retención: $10.940)

- $2.100.000 - Alícuota máxima 12% (retención: $19.880)

- $2.200.000 - Alícuota máxima 15% ($30.800)

- $2.300.000 - Alícuota máxima 15% ($44.142)

- $2.400.000 - Alícuota máxima 19% ($61.979)

- $2.500.000 - Alícuota máxima 19% ($80.979)

- $2.600.000 - Alícuota máxima 19% ($99.979)

- $2.700.000 - Alícuota máxima 19% ($118.979)

- $2.800.000 - Alícuota máxima 23% ($138.817)

- $3.200.000 - Alícuota máxima 23% ($230.817)

- $3.300.000 - Alícuota máxima 27% ($256.655)

- $3.900.000 - Alícuota máxima 27% ($418.655)

- $4.900.000 - Alícuota máxima 35% ($728.493)

- $5.100.000 - Alícuota máxima 35% ($797.830)

- $5.500.000 - Alícuota máxima 35% ($937.830)

Cuánto deberá pagar una persona casada:

- $1.800.000 - No paga Impuesto a las Ganancias

- $1.900.000 - No paga Impuesto a las Ganancias

- $2.000.000 - No paga Impuesto a las Ganancias

- $2.100.000 - Alícuota máxima 5% (retención: $216)

- $2.200.000 - Alícuota máxima 5% ($4366)

- $2.300.000 - Alícuota máxima 9% ($11.864)

- $2.400.000 - Alícuota máxima 12% ($23.151)

- $2.500.000 - Alícuota máxima 15% ($37.439)

- $2.600.000 - Alícuota máxima 19% ($53.490)

- $2.700.000 - Alícuota máxima 19% ($72.490)

- $2.800.000 - Alícuota máxima 19% ($91.490)

- $3.200.000 - Alícuota máxima 23% ($174.540)

- $3.300.000 - Alícuota máxima 23% ($197.540)

- $3.900.000 - Alícuota máxima 27% ($352.591)

- $4.900.000 - Alícuota máxima 31% ($652.641)

- $5.100.000 - Alícuota máxima 31% ($714.641)

- $5.500.000 - Alícuota máxima 35% ($852.191). (Fuente: DIB)


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