FALLO DE UN JUICIO ABREVIADO

FALLO DE UN JUICIO ABREVIADO

Una disputa iniciada en un partido de fútbol amateur finalizó con condena para un joven

Fue sentenciado a un año y dos meses de prisión en suspenso. Luego de enfrentarse en una cancha ubicada sobre la calle Alberdi con otros jóvenes contra quienes estaba jugando a la pelota, acompañado por varios sujetos se hizo presente en la casa de uno de ellos para seguir la pelea. A ese inmueble los agresores ingresaron por la fuerza y amenazaron a las víctimas del incidente que se había originado minutos antes. Además, a la mamá de uno de esos varones el encausado le arrojó una pala de punta que le provocó una lesión en su tobillo derecho.

21 de junio de 2024

Violación de domicilio, amenazas agravadas por el uso de arma impropia y lesiones leves dolosas, "en concurso real de acciones", fueron los delitos que derivaron en la condena para un azuleño a un año y dos meses de prisión de cumplimiento condicional.

De 24 años de edad, el encausado fue identificado como Cristian Oscar Confalone, según lo informado a EL TIEMPO por voceros judiciales.

Un juicio abreviado tramitado ante el Tribunal Oral en lo Criminal número 2 local se tradujo en el dictado de la sanción para el joven.

Contando con el acuerdo entre las partes que intervinieron en ese proceso, representadas por la fiscal Karina Gennuso y el defensor Oficial Diego Prado, la jueza Alejandra Raverta terminó sentenciando a la pena mencionada al azuleño imputado.

El hecho

Un incidente sucedido el 14 de julio de 2022, del que resultaron damnificados dos jóvenes que son primos y la madre de uno de ellos, se convirtió en materia de este proceso abreviado.

En lo resuelto se menciona que aquel día -cuando era poco antes de la hora 19- Confalone y al menos dos varones más se hicieron presentes en la casa de la mujer que junto con su hijo y su sobrino resultaron víctimas de lo ocurrido.

A ese inmueble -situado en Villa Piazza Sur, sobre la calle Guido Spano- los protagonistas de esta agresión ingresaron por un portón, "previo patear el mismo" y "sin el consentimiento" de la vecina que ahí reside con su familia.

En aquel entonces, Confalone y los demás portaban "fierros y palos" que utilizaron para amenazar al hijo y al sobrino de la mujer que vive en esa casa.

"Los vamos a matar, ya nos vamos a encontrar, los vamos a limpiar y le hacemos mierda los autos", se refiere en el fallo que el encausado y los demás involucrados en lo sucedido les expresaban a ambos varones.

En esas circunstancias, el azuleño ahora condenado tomó una pala que encontró en el interior de la casa y se la arrojó a la vecina, impactando la misma en uno de sus tobillos y provocándole una lesión de tipo leve. Concretamente, un "hematoma con laceración costal", se describe en el fallo.

Por un partido

La denuncia que formulara la propietaria del inmueble donde aquel hecho se produjo derivó en el inicio del sumario penal que anteayer se tradujo en esta condena de primera instancia para uno de los imputados.

A través de lo que esa mujer refirió, pudo conocerse que -en la previa a que los agresores se metieran en la vivienda de Villa Piazza Sur donde reside con su familia- uno de sus hijos y un sobrino suyo habían mantenido un conflicto con Confalone y los demás agresores.

Esa disputa se inició cuando todos ellos estaban jugando al fútbol en una cancha cercana a su casa.

A través de lo denunciado, la mujer reconoció a cuatro de los varones que luego se hicieron presentes en su domicilio aquel día: el condenado en este proceso abreviado, el papá de ese joven y dos sujetos más. Y también había referido que cuando los agresores llegaron hasta la vivienda lo hicieron en una camioneta y un auto.

Además, a través de lo denunciado contó que ingresaron "de manera violenta" a su domicilio, tras darle patadas a un portón y "esgrimiendo palos y fierros" para protagonizar la confrontación que instantes más tarde derivó en que ella resultara lesionada en su pierna derecha por el impacto de esa pala de punta que Confalone le arrojara.

"Los demás gritaban, insultando y amenazando a mi hijo y a mi sobrino, diciéndoles que los iban a pasar por arriba, que sabían que andaban en auto y moto y dando a entender que se los iban a romper. Inmediatamente llamé al 911 y estas personas se retiraron de mi domicilio", había declarado la víctima durante la instrucción de esta causa penal.

Otro testimonio incorporado a ese expediente fue el del hijo de esa mujer. Damnificado también por lo que pasó, señaló que todo comenzó cuando estaban jugando al fútbol con su primo en una cancha que está sobre la calle Alberdi, partido que disputaban contra Confalone y más sujetos, algunos de los cuales luego fueron a agredirlos a la casa de su mamá.

Según dijo, en la cancha ellos "comienzan a pelearnos", lo que hizo que -junto con su primo- él decidiera irse al domicilio de su mamá, el lugar donde instantes después llegarían el condenado en este juicio y los demás para continuar la disputa.

El joven contó que dos de quienes protagonizaron la agresión contra ellos fueron Confalone y su papá. Y del condenado afirmó también que, estando en la galería de la vivienda, "tiró una pala y le pegó a mamá en el tobillo".

También ese joven declaró que tanto él como su primo les arrojaron piedras a los agresores, lo cual sucedía mientras el imputado amenazaba a ambos, todo lo cual se produjo en la previa a que se retiraran del inmueble escenario de este conflicto. El incidente que derivó en que su mamá resultara con una lesión leve en el tobillo derecho por el golpe que sufrió con esa pala de punta que le fuera arrojada.

El dato

"Atento a que se trata de la primera condena que registra, considero que la misma debe ser de cumplimiento condicional", escribió la jueza Raverta en lo resuelto para el encausado. Por tal motivo, contando también con lo peticionado por las partes que intervinieron en este juicio abreviado, a Confalone le fueron fijadas diferentes pautas de conducta que debe cumplir durante dos años para que no le sea revocada la condicionalidad de la pena que recibió. Esas obligaciones consisten en "fijar domicilio", "someterse al control del Patronato de Liberados" y "abstenerse de mantener contacto con las víctimas, salvo expreso consentimiento en contrario".


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